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Vista previa anticipada: Principales propuestas que darán forma a la vigésima reunión del Comité de Revisión de Pops

Las 20.ª reuniones del Comité de Revisión de COP del Convenio de Estocolmo y del Comité de Revisión de Productos Químicos del Convenio de Rotterdam están programadas del 23 al 27 de septiembre de 2024. Se llevará a cabo una sesión preparatoria en línea el 11 de septiembre, de 1:00 a 4:00 p.m. (UTC+ 2).

la reunión POPRC.20

Las siguientes propuestas fundamentales están programadas para deliberación en la reunión POPRC.20.

1. Inclusión de PXDD/F en el Anexo C de COP

La propuesta de Suiza apunta a la inclusión de dibenzo-p-dioxinas y dibenzofuranos polibromados y mixtos clorados/bromados (PBDD/F y PBCDD/F) en el Anexo C del Convenio de Estocolmo, instando esfuerzos globales para reducir significativamente su liberación no intencional.

Las dibenzo-p-dioxinas y dibenzofuranos policlorados (PCDD/F), aunque forman parte de los PXDD/F, figuraban en el anexo C de los COP en 2004.

Resumen de la propuesta: Los PXDD/F, emitidos en gran medida por la incineración de residuos urbanos, representan más del 90% de las emisiones totales. El uso de retardantes de llama bromados aumenta las emisiones de PBDD/Fs. Estos compuestos persistentes plantean importantes riesgos para la salud, como alteraciones endocrinas y posibles efectos cancerígenos. Los estudios de la Red Internacional de Eliminación de Contaminantes (IPEN) destacan la alta toxicidad de incluso niveles mínimos de PXDD/Fs. A pesar de las estrictas regulaciones, una encuesta de 2020 reveló importantes PBDD/F en muchos juguetes.

2. Revisión de la evaluación de riesgos del clorpirifos

Después de la 19ª reunión (POPRC.19), el POPRC.20 revisará la gestión de riesgos del clorpirifos debido a su transporte ambiental de cadena larga. Al reconocer importantes riesgos para la salud y el medio ambiente, el comité recomienda medidas urgentes de mitigación.

  • Prohibición Total: Ordenar una prohibición completa del clorpirifos, incluyendo su producción y comercio, sin excepciones (Anexo A).
  • Límites condicionales: Restringir el clorpirifos bajo condiciones y usos específicos (Anexos A o B).
  • Control de exposición: Establecer límites de exposición ocupacional y promover el uso de equipos de protección.
  • Límites de residuos: Definir los límites nacionales de residuos de clorpirifos en el agua, el suelo y los alimentos.
  • Manejo de desechos: Garantizar la eliminación ambientalmente segura de las existencias vencidas y la limpieza de sitios contaminados.

3. Evaluación de parafinas cloradas con alto contenido de cloro

El Comité aboga por añadir parafinas cloradas con C14-17 cadenas y al menos 45% de cloración a COPs Anexo A, considerando algunas exenciones.

4. Gestión de COP en productos y desechos

Tras la Decisión SC-11/12, el Comité explorará estrategias de manejo de los COP existentes en productos y desechos, y revisará cuestiones relacionadas con la producción y el comercio.

5. Progresos en la prohibición de productos de éteres de difenilo bromados

El Comité examinará un informe de la Secretaría sobre la eliminación de los éteres de difenilbromo y reevaluará las exenciones necesarias que expirarán en 2030.

Descripción general del Convenio de Estocolmo

El Convenio de Estocolmo, establecido por la comunidad internacional en 2001 para proteger la salud humana y el medio ambiente, entró en vigor en China el 11 de noviembre de 2004. Su objetivo es controlar o eliminar los contaminantes orgánicos persistentes conocidos por su durabilidad, bioacumulación y potencial de larga duración. -dispersión de rango.

Acciones reglamentarias para sustancias químicas clasificadas en los anexos de COP

Anexo A (Eliminación): Incluye sustancias con graves riesgos para el medio ambiente y la salud, cuya producción, uso, importación y exportación están previstas para su prohibición total o eliminación gradual.

Anexo B (Restricción): Presenta sustancias que son peligrosas pero necesarias en condiciones controladas debido a la ausencia de alternativas, enfocándose en reducir sus impactos ambientales y de salud.

Anexo C (Producción no intencional): Cubre sustancias producidas accidentalmente en procesos industriales, como subproductos químicos o de combustión, con una gestión centrada en un estricto control de emisiones y monitoreo ambiental para mitigar su liberación.

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Fuente de CIRS 

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