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Protección ambiental

Canadá exige a las empresas que presenten información sobre 312 PFA

El Departamento de Medio Ambiente de Canadá ha emitido un nuevo aviso que exige a las partes pertinentes que presenten datos obligatorios sobre 312 tipos de PFAS que se produjeron, importaron o utilizaron en productos que superaban ciertos umbrales durante el año 2023, antes del 29 de enero de 2025. El aviso se emite en virtud del artículo 71(1)(b) de la Ley de Protección Ambiental de Canadá de 1999.

Los requisitos de información

El Anexo 1 del aviso divide los 312 PFAS enumerados en tres partes: la Parte 1 incluye 273 sustancias, la Parte 2 incluye 26 y la Parte 3 incluye 13. Se aplican diferentes requisitos a las diferentes categorías de sustancias.

Las empresas canadienses que cumplan con cualquiera de los siguientes criterios de umbral en 2023 deberán implementar informes escalonados para los productos terminados importados:

  • Fabricar cualquiera de los 312 PFAS enumerados en cantidades superiores a 1000 gramos (2.2 libras);
  • Importar más de 10 gramos (0.35 onzas) de PFAS de la Parte 1 o más de 100 kilogramos (220 libras) de PFAS de la Parte 2 o Parte 3, ya sea que la sustancia esté presente sola o en mezclas, productos o en concentraciones superiores a 1 parte por millón (ppm) en 12 categorías específicas de productos terminados declarables;
  • Importar más de 100 kilogramos de cualquiera de los 312 PFAS enumerados, con concentraciones superiores a 1 ppm en productos terminados no incluidos en las 12 categorías especificadas; o
  • Utilizar más de 10 gramos de PFAS enumerados en la fabricación de mezclas, productos o artículos, ya sea utilizados solos o en concentraciones superiores a 1 ppm.

Las siguientes 12 categorías de productos importados están sujetas a requisitos de informe completo cuando contienen PFAS enumerados por encima de los umbrales especificados:

  1. Productos para niños menores de 14 años, incluidos chupetes, tapetes de juego y juguetes para la dentición;
  2. Productos para mujeres, lentes de contacto, audífonos, mascarillas y otros artículos que puedan entrar en contacto con las mucosas personales;
  3. Productos que puedan causar exposición por inhalación o contacto con la piel o la cavidad bucal del personal, como ambientadores, mascarillas, toallitas para secadora, velas y fundas para teléfonos;
  4. Batería de cocina y utensilios en contacto directo con alimentos o bebidas calientes;
  5. Materiales de envasado de alimentos, incluidos vajillas desechables, latas de alimentos y revestimientos de tapas;
  6. Envases reutilizables para alimentos y bebidas, incluidos biberones y vasos de viaje;
  7. Equipos de procesamiento de alimentos, incluidos transportadores, bandejas, tinas grandes, boquillas, moldes y cortadores;
  8. Ropa y calzado, incluidos dispositivos de flotación personal, equipos deportivos y ropa de protección para entornos profesionales;
  9. Ropa de cama, sacos de dormir y toallas;
  10. Muebles, colchones, cojines de asientos y almohadas, donde hay PFAS presentes en espuma, cuero o fibras textiles, hilos o tejidos;
  11. Alfombras, pisos de vinilo o laminados y tapetes de espuma para pisos; y
  12. Aplicaciones en las que se espera que los PFAS enumerados se liberen de artículos fabricados, como toallitas para el cuidado personal que proporcionan surfactantes y fragancias, o bolígrafos y marcadores que liberan pigmentos, colorantes o solventes.

La información que debe proporcionarse incluye, entre otros, nombres de personas o empresas, direcciones, números de teléfono de empresas, datos de contacto de las personas responsables e información detallada sobre la producción, el uso y las cantidades importadas de cada sustancia química. Las sustancias que no estén incluidas en las 12 categorías pero que superen los umbrales enumerados deben presentar la información, pero solo deben proporcionar información sobre la empresa y “una breve descripción y el nombre genérico del artículo fabricado que contiene la sustancia”.

exenciones

No es necesario presentar informes en las siguientes condiciones:

  • “Microempresas” con menos de cinco empleados o menos de $30,000 en ingresos brutos anuales.
  • PFAS únicamente en tránsito a través de Canadá.
  • PFAS utilizados para fines personales.
  • PFAS destinados a análisis de laboratorio o investigación científica.

Fecha límite de presentación

Las empresas que cumplan con los requisitos deben proporcionar información detallada y razonablemente accesible sobre las instalaciones y las cantidades relacionadas con la fabricación, la importación o el uso de los PFAS incluidos en la lista. Los solicitantes tienen alrededor de seis meses para proporcionar esta información, y la fecha límite para presentar la solicitud es el 29 de enero. Pueden solicitar tiempo adicional, pero deben hacerlo al menos cinco días hábiles antes de la fecha límite de enero. Todas las solicitudes de extensión deben enviarse a la dirección de correo electrónico designada por el Departamento de Medio Ambiente: sustancias@ec.gc.ca antes de la fecha límite.

Fuente de CIRS

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